Como Presentar una Petición de Exención, y Salarios, Dinero y Propiedad Exentos

Lea esto en: English

Información

IMPORTANTE:Este es un extracto del 2016 folleto Propietario e Inquilino: La Ley en Oregón. Todos los recursos mencionados a continuación están disponibles en este sitio web.Es para uso educativo. No es un sustituto de consejo de un abogado. Si usted tiene una pregunta legal específica, debe comunicarse con un abogado. La información contenida en este folleto es exacta a partir de marzo de 2016. Por favor, recuerde que la ley siempre está cambiando a través de las acciones de los cortes, la legislatura y agencias.

La ley dice que algunas propiedades, salarios, y dinero están exentos de cobranza lo que quiere decir que no se los pueden quitar para pagar deudas que debe el dueño. Vea la lista de abajo para de salarios, dinero y propiedades exentos. Si cree usted que el acreedor está embargando sueldos o dinero exentos, o está tomando propiedad exenta, usted puede presentar una Desafío al Embargo para poder retener el dinero o la propiedad. Solamente debe presentar una Desafío al Embargo si tiene buena razón para creer que una de las exenciones mencionada en la lista de abajo aplica a sus sueldos, dinero, o propiedad. Pero cuando el dueño usa al policía para tomar su propiedad o casa móvil, no se le puede permitir a usted de usar la demanda de exención para que le devuelvan la propiedad. Póngase en contacto con un abogado para informarse.

Después de presentar un Desafío al Embargo habrá una audiencia en la corte y un juez decidirá si puede usted quedarse con el dinero o la propiedad.

Preguntas & Respuestas

Usted recibirá los papeles para Desafío al Embargo cuando embarguen su sueldo o cuenta de banco o cuando el alguacil (la policía del condado) se lleve su propiedad.

Usted debe presentar el formulario de Desafío al Embargo dentro de 120 días de recibir los documentos de embargo si usted está reclamando una exención por sueldos o salario que el arrendador está tratando de embargar. Pero si usted está tratando de reclamar que algún otro dinero o propiedad es exento de embargo, usted solo tiene 30 días contados a partir de la fecha en que recibió los papeles para presentar su Desafío al Embargo. Generalmente usted debe tratar de presentar el Desafío al Embargo lo más pronto que pueda.

  1. Llene la forma de Desafío al Embargo. El nombre del dueño debe escribirse en la línea para "Plaintiff". Escriba su nombre en la línea para "Defendant". Mencione la propiedad o dinero que cree usted son exentos y que no le deben quitar. Para explicar el por qué la propiedad es exenta, vea la lista en la lista de abajo de este folleto y copie de la lista la exención que aplique.
  2. Saque una copia de la forma completada para guardarla. Lleve el original a la corte.
  3. Pregunte al empleado de la corte cuando se llevará a cabo su audiencia.
  4. Prepárese para la audiencia asegurándose que pueda presentar evidencia acerca del valor de las cosas sobre las que está reclamando y bajo que exención están. Es buena idea escribir algunas notas para usar en la audiencia.
  5. Llegue a la audiencia a tiempo. Si puede, vaya con alguien que le pueda dar respaldo moral.
  6. Presente su información al juez clara y brevemente. Conteste las preguntas con cortesía. Manténgase calmado.
  7. Entregue la orden firmada por el juez al alguacil (la policía del condado; sheriff) o la persona que tiene sus cosas y reclámelas. Usted debe alegar que no debe costos por guardar sus cosas porque esto anularía el propósito de la exención, el cual es asegurarse que usted puede tener sus necesidades básicas para vivir.

Salarios, Dinero y Propiedad Exentos

  1. Ingresos Exentos: Si a usted se le paga semanalmente, $218 cada mes de sus ingresos disponibles o 75% de los sueldos disponibles, lo que sea más. Por los sueldos pagados cada dos semanas, usa $435. Por sueldos pagados dos veces cada mes, usa $467. Por sueldos pagados una vez cada mes, usa $934.
  2. Seguro Social (incluyendo SSI).
  3. Asistencia Pública (“welfare”).
  4. Beneficios de Desempleo.
  5. Beneficios de Incapacidad.
  6. Beneficios de Compensación de Trabajadores.
  7. Todos los beneficios por Seguro Social y el Ingreso de Seguridad Suplementario o (SSI, por su sigla en inglés) y hasta $7.500 dólares en salarios exentos, beneficios de jubilación, asistencia social, beneficios de desempleo y beneficios por discapacidad que estén mantenidos en una cuenta bancaria.
  8. Mantenimiento de cónyuge, de hijos, u otro mantenimiento necesario para usted o sus dependientes.
  9. Una casa, una casa móvil o una casa flotante en donde usted o ciertos miembros de la familia vivan hasta *$40,000 dólares (*$50,000 dólares si más de un dueño debe la deuda). Incluye las ganancias por la venta por un año (si usted intenta usar los fondos para comprar otra casa).
  10. Artículos del hogar, muebles, radios, 1 televisión, y utensilios hasta $3,000.
  11. *Automóvil, camión, remolque u otro vehículo hasta $3,000.
  12. Herramientas, implementos, aparatos, animales para trabajar la tierra, aparejos para animales, o biblioteca necesaria para su empleo hasta $5,000.
  13. *Libros, cuadros e instrumentos musicales hasta $600.
  14. *Ropa, joyas y otros artículos personales hasta $1800.
  15. Animales domésticos y aves de corral para uso de la familia hasta $1,000 y alimentos para éstos para 60 días.
  16. Provisiones (comida) y combustible para su familia para 60 días.
  17. Un rifle o escopeta y una pistola hasta $1000.
  18. Pensiones públicas o privadas.
  19. Beneficios y préstamos de veteranos.
  20. Beneficios de asistencia médica.
  21. Ingresos por seguro de salud y por incapacidad de pólizas de vida.
  22. Valor en efectivo de pólizas de vida no pagables a su herencia.
  23. Anualidades federales.
  24. Otras anualidades hasta $250 por mes, el exceso de $250 por mes es sujeto a la misma exención de un salario.
  25. Ayudas para la salud física recetadas por un profesional para usted o sus dependientes.
  26. Su derecho a recibir o propiedad originaria de:
    • Ingresos obtenidos por ley por ser víctima de algún crimen.
    • Un pago que no exceda $10,000, a cuenta de daño corporal personal, no incluyendo dolor emocional o sufrimiento o compensación por pérdida monetaria, de usted o de un individuo de quien usted es dependiente.
    • Un pago en compensación de pérdida de ganancias futuras de usted o un individuo de quien usted es o fue dependiente, hasta lo que es razonable para su mantenimiento o el mantenimiento de cualquiera de sus dependientes.
  27. Interés en propiedad personal hasta el valor de $400, pero éste no puede usarse para aumentar la cantidad de cualquier otra exención.
  28. La diferencia entre lo que usted realmente le debe al acreedor y la cantidad total mencionada en el Formulario de Cálculo de la Deuda, si la cantidad en el escrito es mayor.
  29. Su derecho a recibir el crédito federal de ingresos ganados.
  30. *Pagos de ayuda para la renta para ancianos recibidos del Departamento de Impuestos de Oregón (Oregon Department of Revenue).
  31. Interés equitativo en propiedad.
  32. Depósito de garantía o pagos de renta prepago (último mes) mantenidos por su arrendador.

*Si dos o más personas en su hogar deben el juzgamiento, cado uno puede reclamar las excepciones marcadas con *Nota: Los valores listados representan la valorización de su propiedad que le pertenece.

**ORS 18.658 dice que el Formulario de Cálculo de la Deuda (disponible en ORS 18.832) debe ser notificado al deudor junto con una copia de la orden judicial de embargo, un aviso de propiedad exenta y un formulario de disputa al embargo.

Última revisión y actualización: Jul 28, 2016
Back to top